lunes, 26 de noviembre de 2007

Puente de la Constitución

Los comités de empresa de Promecal-Promecam informan a los trabajadores del citado grupo de empresas de que el festivo correspondiente al sábado 8 de diciembre es recuperable para todos aquellos trabajadores que tengan contrado de lunes a domingo.
Es decir que si se trabaja hay que sumar 1,5 día a los descansos correspondientes de esa semana (dos días semanales según se estipula en los convenios colectivos en vigor). Si por calendario ese día coincidiera con uno de los dos días de descanso semanal, los trabajadores deberán acumular el día correspondiente al festivo no disfrutado o trasladarlo a otro día laborable de esa misma semana.
Este traslado está basado en que según los convenios colectivos que afectan a la mayoría de empresas de Promecal (II Convenio Colectivo de Prensa Diaria y III Convenio regional de Televisiones Locales de Castilla y León) los trabajadores tienen derecho a dos días de descanso semanal sin perjuicio de los 14 festivos anuales que se establecen en función de los calendarios hechos públicos por la Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos correspondientes en cada caso. Esta permuta solamente afecta a aquellos trabajadores con contrato de lunes a domingo, no así a los que tienen contrato de lunes a viernes.
Los empleados de los medios escritos, recordad que aunque ya se está negociando el III Convenio, todas las cláusulas obligacionales del II Convenio siguen en vigor. Por ello, este artículo sigue plenamente vigente y obliga a las empresas a su cumplimiento.
Ante cualquier duda acudid a vuestros delegados de personal y miembros del Comité de empresa.